Las competencias del OCP son las que emanan del Acuerdo de Comportamientos Profesionales y del Protocolo de Actuación aprobado por el Consejo de la Facultad de Medicina.
Los y las integrantes son nombrados por el Consejo de la Facultad de Medicina, firman un compromiso de absoluta reserva de la información que llegue al OCP de manera de asegurar la confidencialidad de los temas tratados y proteger a las personas involucradas, tanto a las que reportan situaciones problema como a las que son reportadas.
El único interlocutor válido para todos los informes, sugerencias o propuestas de intervención que surjan del grupo de trabajo, es el Decano/ la Decana de la Facultad de Medicina quién tendrá la responsabilidad de decidir las conductas futuras respecto a las situaciones reportadas.
Ante cualquier transgresión de estos principios éticos por parte de los integrantes del OCP, es el Decano/ la Decana quien tomará las medidas que considere necesarias.